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lunes, 11 de julio de 2016

Certificado CASA+

Con la certificación energética CASA+, MENOS va a ser MÁS.

Menos precio... entonces, MÁS barato.

Menos burocracia... entonces, MÁS simple.

Menos tiempo de espera... entonces, MÁS rápido.

Menos complicaciones... entonces, MÁS sencillo.

Menos procesos... entonces, MÁS acción.

Menos dudas... entonces, MÁS fiable. 

Menos software... entonces, MÁS equipo humano.

Menos procesos administrativos... entonces, MÁS personas.

Y... además...

MÁS eficaz, MÁS especializado, MÁS profesional, MÁS confidencial... 

Solicite su presupuesto ahora, mire como contactar con nosotros en nuestra página de "Contacto / Pedir cita".

Se le enviará su presupuesto por email, junto con las condiciones del servicio, plazo de entrega estimado, etc. El pago lo puede realizar en efectivo, a través de transferencia bancaria o por PayPal. Facilidades de pago.

jueves, 8 de mayo de 2014

Las tasas en los certificados energéticos

Ahora ya llevabámos bastante tiempo sin escribir nada (en este blog), aunque la verdad que no hemos parado porque no es el único blog que tenemos y, además, tenemos páginas web también.

Dentro de nada, unos 3 meses, llevaremos un año con la obligatoriedad de hacer el certificado de eficiencia energética, obligatoriedad de cualquier propietario de locales comerciales, oficinas y también en el supuesto de viviendas... siempre y cuando esa propiedad vaya a cambiar de propietario (en el caso de compraventa) y siempre y cuando la propiedad vaya a ser motivo de alquiler.

En todo este tiempo hemos contestado un montón de cuestiones y es que los propietarios no están bien informados. 

Una de las dudas más grandes son las tasas, ¿son iguales en todas partes? 

Pues a ver... dentro de la misma Comunidad Autónoma... Sí. Luego va a dar igual si se trata de un piso en una localidad de 2.000 habitantes o de un piso en una gran capital... Siempre que estén en la misma Comunidad Autónoma.

Hay personas que se creen que si su inmueble está situado en una pequeña aldea, es como si no tuviese importancia... y tuviese menos valor. Dado que las tasas no son municipales, da igual el municipio donde esté ubicado el inmueble, se le aplican las tasas de la Comunidad Autónoma.

Cada uno debe de mirar cual es su página de referencia en la Comunidad Autónoma donde esté ubicado el inmueble. Si Vd. vive en Madrid pero el inmueble está en O Grove, tendrá que aplicar las tasas según la comunidad autónoma donde esté ubicado el inmueble, en este ejemplo Galicia.

Muchas de estas comunidades han subido sus tasas al empezar el año, en Galicia, hasta donde sabemos, por suerte, siguen igual. Ya anteriormente habíamos publicado un post a propósito de este tema y os dejo el enlace AQUÍ. 

Os paso un enlace a la web de INEGA y aquí tenéis la información más actualizada. En enlace a la parte de la página específica de las tasas es aquí Eficiencia Enerxética

Pida varios presupuestos (aconsejo 3), donde se especifique el importe del trabajo del técnico incluido desplazamiento, trabajo en oficina, expedición del CEE en papel, etc. Más IVA o en su caso, IVA incluido.

Pregunte al técnico si se encargan ellos mismos del registro del CEE, si le dicen que si, las tasas irán a parte. Si es que no, las tasas las abonará Vd. cuando lo registre en su Comunidad Autónoma. 

En Galicia es INEGA (Instituto Enerxético de Galicia)



sábado, 1 de junio de 2013

Preparados, listos, ya!

Ha sido largo tiempo formándonos para ofrecerle el mejor servicio posible. Estamos preparados para atender la demanda de certificados que van llegando, con una buena logística, se puede.

Gracias por confiar en nosotros.

martes, 9 de abril de 2013

¿Qué información debe contener el certificado?

¿Qué información debe contener el certificado?

Debe contener como mínimo la siguiente información:

1. Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica (datos relativos al inmueble).

2. Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:

a) Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación.

b) Normativa vigente, sobre ahorro y eficiencia, en caso de existir, en el año de construcción.

c)Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico. 

3. Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética.

Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitario, cualquier otra instalación que se estime necesaria y en el caso del sector terciario la iluminación.

4. Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas de ahorro energético, recomendadas por el técnico certificador.

Cuando la calificación es A o B en caso de acometer voluntariamente las recomendaciones la calificación subiría un nivel.

Dos niveles en el caso que la calificación sea D, E, F, G.

Procedimiento para obtener el certificado de eficiencia energética

Procedimiento para obtener el certificado de eficiencia energética

Muy sencillo. Nosotros nos encargamos de todo. No somos intermediarios, no cobramos comisiones, así que, somos nosotros mismos los que certificamos.

Nosotros estamos disponibles, en Galicia y muy especialmente en la provincia de Pontevedra.  

Tan sólo tiene que facilitarnos algunos datos básicos de su vivienda. Le mandaremos su presupuesto sin compromiso. Visite nuestra página "Formulario para solicitar presupuesto". Tras la aceptación del mismo, concertamos una visita al inmueble para la toma de datos, una vez visitado el inmueble, necesitaremos unos días para el desarrollo y cumplimentación del programa informático. Su calificación energética estará lista en breve.  Con el certificado le será entregado una propuesta de mejoras.

Luego se requiere que la calificación energética sea registrado en el órgano competente de la Comunidad Autónoma, el cual expedirá el "Certificado de Eficiencia Energética", le será devuelto y podrá disponer de el certificado con una validez de 10 años, pasados los cuales tendrá que renovar. 

Este procedimiento lo haremos nosotros para su comodidad, y estará incluido en el presupuesto.

miércoles, 3 de abril de 2013

Documentación necesaria

La certificación energética, así como el caso de auditorías, implica la disponibilidad por parte del técnico certificador de cierta documentación referente al inmueble a certificar y/o auditar, documentación que identifique y caracterice el inmueble para el cual se va a emitir el certificado. Esta documentación debe ser facilitada por el propietario del inmueble.

Para este caso, sería imprescindible:

  • Documentación catastral (o número de este registro)

  • Planta del inmueble (si no dispone del plano de planta, el técnico hará uno)

  • Cualquier documentación que aporte el año de construcción del inmueble, para el caso sirve Nota Simple del Registro de la Propiedad, ficha descriptiva y gráfica del inmueble (la aporta catastro), copia de Título de Propiedad (escritura), cualquier otro...

Para el proceso de la certificación sería interesante que el propietario también aportase datos acerca de instalaciones de climatización, calefacción, aire acondicionado, agua caliente, o cualquier otro tipo de instalación térmica, fotovoltaica, hidraúlica, etc...

En el supuesto de locales comerciales, indrustria, etc. el técnico certificador, pudiera requerir de cualquier otra documentación, cédula de habitabilidad, licencia de apertura, etc. se le indicaría en el momento de la solicitud.