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jueves, 1 de diciembre de 2016

Resolviendo dudas...

Llevamos ya más de 3 años de uso obligatorio de este certificado útil en compraventas y alquileres inmobiliarias, no solo en residenciales, si no tembién en comerciales, y aún es un gran desconocido.

Vamos a partir de la base que ya todo el mundo sabe que este es un documento obligatorio SOLO en el supuesto de compraventa de un bien inmueble o bien el supuesto de un alquiler, es decir, de alguna de las maneras se hará una "sucesión" del bien inmueble.

>>> ¿Es obligatorio o no? 

Sí, es obligatorio. El Notario lo solicitará en el momento de la compraventa o en el momento del registro del alquiler. 

>>> ¿Y si no lo tengo?

Puede ocurrir tres cosas. O bien, que quede como un documento pendiente y se le otorgará un plazo para su presentación, puede que no se resuelva satisfactoriamente la compraventa o el alquiler, o puede que se obligue a pagar una sanción.

>>> ¿Quién lo suscribe?

Es el propietario del bien inmueble el único que tiene la obligación de solicitarlo.

>>> ¿Quién lo hace?

En estos momentos los profesionales que lo pueden hacer, firmar y tramitar en la debida Oficina, son los arquitectos, arquitectos técnicos (antes aparejadores), y diversos profesionales del ramo de las ingenierías.

>>> ¿Cuánto cuesta?

Dependiendo de quién lo haga, entre 50 euros y 200 euros. Pregunte si ya está el IVA incluido en el precio y si están incluidas las tasas del registro. Hay profesionales que le dará el precio final y otros que le darán el precio sin IVA y sin tasas. Aclárelo antes de quedar en algo.

>>> ¿Plazos de entrega?

Dependerá de la carga de trabajo de cada profesional y del certificado en sí, no es lo mismo el certificado para un única unidad de vivienda, que para un edificio completo. No obstante, no suele ser inferior a 5 días hábiles.

He hecho una recopilación con las dudas que más tienen nuestros clientes, si tiene...

>>> ¿Más preguntas?

No dude en contactar con nosotros, cualquier duda, se la resolveremos en un momento.

Elija como contactar con nosotros para resolver sus dudas.

Por email, a central@ittagalicia.com

Llamando por teléfono (o mediante mensaje en WhatsApp) al número 692762076



jueves, 8 de mayo de 2014

Las tasas en los certificados energéticos

Ahora ya llevabámos bastante tiempo sin escribir nada (en este blog), aunque la verdad que no hemos parado porque no es el único blog que tenemos y, además, tenemos páginas web también.

Dentro de nada, unos 3 meses, llevaremos un año con la obligatoriedad de hacer el certificado de eficiencia energética, obligatoriedad de cualquier propietario de locales comerciales, oficinas y también en el supuesto de viviendas... siempre y cuando esa propiedad vaya a cambiar de propietario (en el caso de compraventa) y siempre y cuando la propiedad vaya a ser motivo de alquiler.

En todo este tiempo hemos contestado un montón de cuestiones y es que los propietarios no están bien informados. 

Una de las dudas más grandes son las tasas, ¿son iguales en todas partes? 

Pues a ver... dentro de la misma Comunidad Autónoma... Sí. Luego va a dar igual si se trata de un piso en una localidad de 2.000 habitantes o de un piso en una gran capital... Siempre que estén en la misma Comunidad Autónoma.

Hay personas que se creen que si su inmueble está situado en una pequeña aldea, es como si no tuviese importancia... y tuviese menos valor. Dado que las tasas no son municipales, da igual el municipio donde esté ubicado el inmueble, se le aplican las tasas de la Comunidad Autónoma.

Cada uno debe de mirar cual es su página de referencia en la Comunidad Autónoma donde esté ubicado el inmueble. Si Vd. vive en Madrid pero el inmueble está en O Grove, tendrá que aplicar las tasas según la comunidad autónoma donde esté ubicado el inmueble, en este ejemplo Galicia.

Muchas de estas comunidades han subido sus tasas al empezar el año, en Galicia, hasta donde sabemos, por suerte, siguen igual. Ya anteriormente habíamos publicado un post a propósito de este tema y os dejo el enlace AQUÍ. 

Os paso un enlace a la web de INEGA y aquí tenéis la información más actualizada. En enlace a la parte de la página específica de las tasas es aquí Eficiencia Enerxética

Pida varios presupuestos (aconsejo 3), donde se especifique el importe del trabajo del técnico incluido desplazamiento, trabajo en oficina, expedición del CEE en papel, etc. Más IVA o en su caso, IVA incluido.

Pregunte al técnico si se encargan ellos mismos del registro del CEE, si le dicen que si, las tasas irán a parte. Si es que no, las tasas las abonará Vd. cuando lo registre en su Comunidad Autónoma. 

En Galicia es INEGA (Instituto Enerxético de Galicia)



martes, 16 de abril de 2013

Inscripción de la calificación energética en nuestra comunidad y tasas

Bueno, estamos hablando de Galicia, por supuesto. 

El órgano competente en nuestra comunidad para la inscripción del certificado de eficiencia energética es Inega (Instituto Enerxético de Galicia). 

Cuando busco información de como hacer el registro del certificado, no veo nada para lo que es edificios existentes, si lo hay para edificios de nueva construcción, sería o Rexistro Galego de Eficiencia Enerxética el RGEE, también contemplan en este caso el supuesto de edificio existente con una superficie útil superior a 1000 m2 que se renueve más del 25% del total de los cerramientos.

Las tasas para los edificios existentes, serán las mismas que para proyecto.

Las tasas serían, según "copio y pego":



31.50.00 Inscricións no Rexistro de Certificados de Eficiencia Enerxética de Edificios da Comunidade Autónoma de Galicia
31.50.01 Certificados de eficiencia enerxética do proxecto para vivenda unifamiliar: 5 € + 0,08 € por m2 de superficie construída
31.50.02 Certificados de eficiencia enerxética do edificio terminado para vivenda unifamiliar 5 € + 0,08 € por m2 de superficie construída
31.50.03 Certificados de eficiencia enerxética do proxecto para edificios de vivenda: 5 € + 0,04 € por m2 de superficie construída
31.50.04 Certificados de eficiencia enerxética do edificio terminado para edificios de vivenda: 5 € + 0,04 € por m2 de superficie construída
31.50.05 Certificados de eficiencia enerxética do proxecto para edificios destinados a outros usos (non residenciais): 5 € + 0,05 € por m2 de superficie construída
31.50.06 Certificados de eficiencia enerxética do edificio terminado para edificios destinados a outros usos (non residenciais): 5 € + 0,05 € por m2 de superficie construída